CONFLICTO DE INTERESES

CONFLICTO DE INTERESES

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conflicto-intereses-1Los americanos son muy conscientes sobre el posible conflicto de intereses. Los ven, los identifican, pero… no siempre les importa. Actualmente, la campaña política para la elección presidencial es un muy buen recordatorio de la conciencia americana sobre el Conflicto de Intereses (COI, según sus siglas en inglés) cuando leemos en los medios de comunicación acerca de los posibles vínculos comerciales entre Donald Trump y Vladimir Putin o los problemas de los donantes extranjeros para la Fundación Clinton, donde Hillary Clinton está involucrada.

Es obvio que el conflicto de intereses, no sólo está presente en EE.UU., es omnipresente -todo el mundo los tiene- pero no siempre es lo que importa…

En primer lugar, veamos una par de definiciones de Conflicto de Intereses (COI):

Definición de Conflicto de Interés: Una situación en la que alguien que tiene que tomar una

decisión en un contexto oficial opta por obtener ganancias personales  de la decisión. Por ejemplo, un juez que se ha de pronunciar sobre un caso relacionado con una sociedad en la que él o ella posee acciones, tiene un conflicto de intereses.

En la práctica de la Ley: la inhabilitación conflicto-intereses-4judicial, también conocida como la recusación, se refiere al acto de no ser admitido o abstenerse de participar en una acción oficial, como puede ser un procedimiento judicial / legal, debido a un conflicto de intereses del funcionario del tribunal u oficial administrativo correspondiente.

Para no extendernos, pondremos un ejemplo de COI en relación con las telecomunicaciones de Estados Unidos: el caso de Berkeley (California):

Los posibles/probables efectos para la salud debidos a la radiación emitida por los teléfonos móviles es un tema muy controvertido.

Algunos, incluyendo telecomunicaciones, alegan que siguiendo las normas de seguridad (regulado en EE.UU. por el CIEM) la salud de los individuos no se verá afectada a largo plazo. En cambio las operadoras de telecomunicaciones reconocen que la exposición a estas radiaciones es un factor que puede afectar a la salud. La prueba está en los folletos que acompañan los fabricantes a sus teléfonos móviles. Éstos informan de que debe haber una cierta distancia entre el teléfono móvil y el cuerpo del usuario que necesita ser mantenido por la seguridad de la salud. Esto implica que las operadoras conocen el problema de riesgo y proporcionan la advertencia adecuada.

conflicto-intereses-3Sin embargo, esta advertencia no se proporciona de forma fácilmente disponible, ya que el usuario tiene que “buscar”… enterrado en algún abismo del manual del teléfono móvil. En ese  abismo, la advertencia parece más bien proporcionar “seguridad” para los fabricantes de telefonía móvil que no para los usuarios que casi no leemos los manuales. Da la sensación que los fabricantes de telefonía móvil, buscan esa “seguridad” si en el futuro, la radiación del teléfono móvil estuviera claramente demostrado que causa  problemas de salud. En ese supuesto, los fabricantes tendrían la capacidad de decir: “hemos advertido a los usuarios de sus problemas de salud y son sus propios errores causados por el uso “indebido” del teléfono”.

Y aquí viene el “doble rasero”: los fabricantes de telefonía móvil, pueden informar sobre el potencial riesgo para la salud, enterrado profundamente en el manual, pero la misma advertencia no debe ser exhibida en los lugares donde se venden los teléfonos.

Berkeley en California, ha introducido una ordenanza para proporcionar una advertencia a los compradores de teléfonos móviles que sea claramente visible en los puntos de venta. Telecomunicaciones se oponen firmemente a dicha acción y luchan contra ella en los juzgados… La decisión de autorizar o prohibir esta alerta por los minoristas de teléfonos móviles se verá pronto… o no.

Y aquí está el conflicto de intereses. Uno de los tres jueces que tiene que tomar la decisión sobre la ordenanza de Berkeley, podría tener conflicto de intereses. El esposo de una juez, supuestamente trabaja para la industria de las telecomunicaciones y estaría proporcionando conflicto-intereses-2tecnología de hardware para el despliegue de la nueva red inalámbrica 5G.

Esto no significa automáticamente, que la decisión de esta juez en particular se verá influenciada por los intereses de trabajo de su marido, pero éste es un claro conflicto de intereses, que debería ser emplazado a recusar…

Agradecimiento al Dr. DARIUSZ LESZCZYNSKI, PHD

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